miércoles, 28 de agosto de 2013

Diputados aprueban por tercera vez reforma al CPP.



La Cámara de Diputados aprobó ayer por tercera ocasión el proyecto de ley que modifica varios artículos del Código Procesal Penal (CPP), incluido un cambio en el artículo 179, para autorizar al juez a conceder el registro de lugares en horas de la noche en casos de narcotráfico, secuestro o terrorismo.
También incluye una reforma del artículo 180, para retirar a la Policía Nacional la facultad de solicitar orden para allanar recintos privados en ausencia del ministerio público o de urgencia.
El proyecto de ley incluye 40 modificaciones al CPP, siendo la tercera ocasión que la Cámara de Diputados aprueba la reforma de esa legislación. En las dos anteriores oportunidades la iniciativa perimió, la primera en el Senado y la segunda en la Cámara Baja, al concluir la legislatura.
La pieza fue sometida en la sesión de ayer por la presidenta en funciones, Lucía Medina Sánchez, y acogida en segunda lectura por los 111 diputados presentes en el hemiciclo, después de ser declarada de urgencia. 
Las modificaciones sometidas al CPP incluyen convertir en acción pública los golpes y heridas provocados con ocasión de violencia intrafamiliar. Prohíbe la solicitud de la suspensión condicional de la pena en materia de violencia intrafamiliar, aunque la pena no exceda el límite establecido en el CPP y elimina la conciliación en materia de violencia intrafamiliar.
Modifica el artículo 15, para fijar un plazo de cinco días para que el juez intime al superior inmediato del ministerio público actuante, antes de declarar extinta la acción penal, y amplía a quince días el plazo para que la víctima formule su requerimiento. Contempla responsabilidad civil para el ministerio público por mal desempeño durante sus funciones. 
Con la modificación del artículo 24, se amplía a 24 meses la prisión preventiva, y con la modificación al 370, aumentarla, en los casos complejos, de 18 a 36 meses.
Se aprueba el traslado de la acción pública a instancia privada, de los delitos de invasión y ocupación de propiedad, la falsedad de cheques, con la reforma del artículo 31.
Se aumenta a tres años el máximo de la pena imponible de privación de libertad como el porte y tenencia ilegal de armas de fuego o violación a la ley de drogas.

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